📞 Cel.: 🇵🇪 +51 908 065 496
📧 Correo: abogadosejma@gmail.com
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En el Perú hay un servicio público de defensa gratuita. No es una idea: está escrito. La Ley N.° 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública lo crea, y su artículo 2 dice que tiene por finalidad asegurar el derecho de defensa, unwillingendo asistencia y asesoría técnico legal gratuita, «en las materias expresamente establecidas», a las personas que no cuenten con recursos económicos.
El artículo 3, literal e, lo refuerza: la defensa pública se presta en forma gratuita para quien acredite que no cuenta con recursos económicos. Y el Decreto Legislativo N.° 1407, queFortaleció ese servicio en el 2018, amplió el espectro en su artículo 14.1: se presta «a favor de las personas de escasos recursos económicos o en situación de vulnerabilidad».
Lo gestiona la Dirección General de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, de forma desconcentrada en todo el país.
El artículo 8 de la Ley N.° 29360 enumera los servicios, y son cuatro:
Ahora la parte que conviene decir con claridad: estas son materias, y son pocas. Lo tienes que revisar.
Aquí está el punto que casi ningún despacho explica, y es el que más dolore porque se descubre tarde.
La definición de la Ley es restrictiva: la defensa gratuita opera «en las materias expresamente establecidas». Fuera de esas materias, un abogado de oficio no va a tomar tu caso. Y lo que más se busca en internet no está ahí:
| Lo que buscas | ¿Defensa pública? |
|---|---|
| Reclamar una pensión de alimentos que no te pagan | No, en vía civil |
| Un divorcio | No |
| Cobrar una deuda | No |
| Un desalojo que te quieren hacer | No |
| Reconocer o impugnar una paternidad | No |
| Un reclamo laboral | No |
| Defenderte en un proceso penal | Sí |
Es decir: la defensa pública es excelente para quien está siendo investigado oimbergallery por un delito, y para víctimas de violencia. Es decir también: no es el camino para la mayoría de los problemas que la gente busca un abogado por internet, que son civiles y de familia.
Es un error de partida, y conviene aclararlo porque se repite constantemente.
La Defensoría del Pueblo es un organismo constitucionalmente autónomo, creado por la Constitución Política de 1993. Su función es atender quejas, consultas y pedidos cuando un Estado, una municipalidad o un servicio público vulnera derechos. Su propia institución lo aclara de forma expresa: «no desempeña funciones de juez o fiscal», «no dicta sentencias» y «no impone multas ni sanciones».
Es decir: no es un abogado gratis. Si a ti te exigen exigen una multa que no corresponde, o te niegan un derecho en una municipalidad, ahí sí. Si lo que tienes es un problema con un arrendador, un ex pareja o un deudor, la Defensoría del Pueblo no te va a ayudar.

El orden correcto, sin gastar lo que no tienes:
La primera orientación por WhatsApp es gratuita y confidencial, y sirve para una cosa concreta: decirte si tu caso tiene mérito, por dónde conviene ir y qué documentos necesitas. No sustituye a un análisis serio, y no lo aparenta.
Lo que sí tiene costo es el trabajo de verdad: la evaluación estratégica por escrito, que cuesta S/ 99. Ese monto se descuenta íntegro de los honorarios si después decides contratar el patrocinio con nosotros. Es un número pequeño a propósito: el objetivo no es cobrar una consulta, es saber si tu caso sirve antes de que gastes en él.
No vamos a prometerte un resultado, y no vamos a descalabrarte. Si el caso no tiene sustento, te lo vamos a decir. Pagar para que te digan lo que quieres oír sale mal, una y otra vez.
¿Cualquiera puede pedir un abogado de oficio?
No. La Ley N.° 29360 lo reserva a quien acredite no contar con
recursos económicos, y el Decreto Legislativo N.° 1407 añade la
situación de vulnerabilidad. Hay una evaluación previa, y puede
denegarse.
¿Me pueden quitar el beneficio de oficio si no me califica?
Sí, y con razón. El artículo 17.1 del Decreto Legislativo N.° 1407
dice que el beneficio se pierde «cuando se comprueba que la persona no
cumple los requisitos para acceder a la gratuidad» o cuando incurre en
falsedad sobre su situación socioeconómica. Por eso hay una evaluación
y por eso hay que ser honesto al declararlo.
¿La defensa pública lleva casos civiles o de familia?
En las materias expresamente establecidas por la ley. Una demanda de
alimentos, un divorcio o un desalojo no están entre ellas.
¿Dónde se solicita? En las direcciones distritales de defensa pública del Ministerio de Justicia, que están repartidas en todo el país. Se atendió también en los Centros de Asistencia Legal Gratuita: el Ministerio fortaleció 34 en total, 20 de ellos ALEGRA y 14 MEGA ALEGRA.
¿La Defensoría del Pueblo me representa en un juicio?
No. La Defensoría del Pueblo emite resoluciones defensoriales y
administrativas, supervisa al Estado y atiende quejas por vulneración
de derechos. No actúa como abogado particular en un proceso
controversial.
¿La orientación por WhatsApp tiene costo?
Ninguno, y es confidencial. Lo que tiene costo es la evaluación
estratégica por escrito, que cuesta S/ 99 y se descuenta de los
honorarios si después contratas el patrocinio.
Textos oficiales: Ley N.° 29360, del Servicio de Defensa Pública · Decreto Legislativo N.° 1407 · Ley N.° 26872, de Conciliación
Si quieres revisar tu caso antes de decidir, mira nuestro servicio de derecho de familia, el de derecho penal o el de derecho laboral. La primera orientación por WhatsApp es gratuita y confidencial.

Abog. Jhoordan Moreno
Colegio de Abogados de Lima — colegiatura CAL 55622
Abogado en Lima con más de 15 años de ejercicio profesional. Atiende consultas de derecho de familia, laboral, penal, inmobiliario y civil. Razón social: MORENO VALDEZ JHOORDAN — RUC: 10736559949.
Ficha del abogado · Perfil en LinkedIn · Contactar al estudio · WhatsApp +51 908 065 496
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