El derecho a la identidad de un niño incluye saber quienes son sus padres. El reconocimiento de paternidad es ese procedimiento: legal y administrativo, con una via notarial y otra judicial.
¿Quién puede pedir el reconocimiento de paternidad?
El padre, para asumir la paternidad de un menor.
La madre o el tutor, cuando el padre se niega.
El propio hijo, al alcanzar la mayoria de edad.
El Ministerio Público, cuando hay presuncion de paternidad.
Es obligatoria la prueba de ADN
No en todos los casos, pero es la via más eficaz. Si el padre lo reconoce voluntariamente, basta la declaración ante el notario. Si hay negativa o duda, el juez ordena el examen de ADN, cuyo resultado es vinculante.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda el examen de ADN?
El examen cuesta entre S/ 200 y S/ 600 soles, según el laboratorio.
El resultado suele entregarse en 5 a 15 días habiles.
El proceso completo, con la sentencia, puede tomar de 3 a 8 meses.
¿Qué efectos tiene el reconocimiento?
El reconocimiento genera los mismos derechos y obligaciones que la paternidad natural: la filiacion, el derecho a la pensión de alimentos, la tenencia y el derecho a heredar. El niño adquiere los apellidos y la nacionalidad que corresponde.
Se puede impugnar un reconocimiento
Si. La impugnación procede cuando existe error de identidad, coaccion o vicio en el consentimiento. Para eso la prueba de ADN es nuevamente la herramienta decisiva.
Reconocimiento en el exterior
Si el reconocimiento se realizo en otro pais, se puede pedir su inscripción en el Registro Civil peruano mediante la via administrativa correspondiente, con la traduccion oficial y la legalizacion del documento.
La norma que se aplica
La prueba de ADN no es un trámite menor: es un artículo de la ley. El artículo 413 del Código Civil se titula «Prueba biológica o genética» y regula el uso de la prueba para declarar la filiación. El artículo 402 regula cuando procede la declaración judicial de paternidad extramatrimonial.
Si el padre reconoce voluntariamente, rigen los artículos 388 y 390. Y si está casado, ojo con el artículo 361: hay presunción de paternidad, y el artículo 364 fija un plazo de noventa días para la acción contestatoria.
Textos oficiales: Código Civil (Decreto Legislativo 295) .
Preguntas frecuentes
El padre puede negarse a pagar la pensión si la madre lo reconoce
No. La responsabilidad legal es del hombre que resulto ser padre, se reconozca o no por su libre voluntad.
Puedo pedir la pensión de alimentos sin que se determine la identidad del padre
Si. El derecho del menor a alimentos existe con independencia de si el padre está determinado.
El proceso es gratuito
El trámite notarial puede ser gratuito; la via judicial genera costas procesales. Si tienes bajos ingresos, revisa la asistencia legal gratuita del Estado (Defensa Pública).
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Abog. Jhoordan Moreno Colegio de Abogados de Lima — colegiatura CAL 55622
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Jhoordan Moreno
Abogado colegiado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL 55622).
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